miércoles, 26 de enero de 2011

Sección 11 Instrumentos Financieros Básicos

Sección 11 Instrumentos Financieros Básicos

Información a revelar

11.39 La siguiente información a revelar hace referencia a la información a revelar para pasivos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados.

Las entidades que solo tienen instrumentos financieros básicos (y, por lo tanto, no aplican la Sección 12) no tendrán ningún pasivo financiero medido al valor razonable con cambios en resultados y, por lo tanto, no necesitarán revelar esta información.

Información a revelar sobre las políticas contables de instrumentos financieros

11.40 De acuerdo con el párrafo 8.5, una entidad revelará información, en el resumen de las políticas contables significativas, sobre la base (o bases) de medición utilizadas para instrumentos financieros y otras políticas contables utilizadas para instrumentos financieros que sean relevantes para la comprensión de los estados financieros.

Estado de situación financiera – categorías de activos financieros y pasivos financieros

11.41 Una entidad revelará los importes en libros de cada una de las siguientes categorías de activos financieros y pasivos financieros en la fecha sobre la que se informa, en total, en el estado de situación financiera o en las notas:

(a) Activos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados (párrafo 11.14(c)(i) y párrafos 12.8 y 12.9).

(b) Activos financieros que son instrumentos de deuda medidos al costo amortizado [párrafo 11.14(a)].

(c) Activos financieros que son instrumentos de patrimonio medidos al costo menos deterioro del valor (párrafo 11.14(c)(ii) y párrafos 12.8 y 12.9).

(d) Pasivos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados (párrafos 12.8 y 12.9).

(e) Pasivos financieros medidos al costo amortizado [párrafo 11.14(a)].

(f) Compromisos de préstamo medidos al costo menos deterioro del valor [párrafo 11.14(b)].

11.42 Una entidad revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar la relevancia de los instrumentos financieros en su situación financiera y rendimiento. Por ejemplo, para las deudas a largo plazo, esta información normalmente incluiría los plazos y condiciones del instrumento de deuda (tal como la tasa de interés, el vencimiento, los plazos de reembolso y las restricciones que el instrumento de deuda impone sobre la entidad).

11.43 Para los activos financieros y pasivos financieros medidos al valor razonable, la entidad revelará la base para determinar el valor razonable, esto es, el precio de mercado cotizado en un mercado activo o una técnica de valoración. Cuando se utilice una técnica de valoración, la entidad revelará los supuestos aplicados para determinar el valor razonable de cada clase de activos financieros o pasivos financieros. Por ejemplo, si fuera aplicable, una entidad revelará las hipótesis relacionadas con las tasas de pagos anticipados, las tasas de pérdidas estimadas en los créditos y las tasas de interés o de descuento.

11.44 Si ya no está disponible una medida fiable del valor razonable para un instrumento de patrimonio medido al valor razonable con cambios en resultados, la entidad revelará este hecho.

Baja en cuentas

11.45 Si una entidad ha transferido activos financieros a un tercero en una transacción que no cumple las condiciones para la baja en cuentas (véanse los párrafos 11.33 a 11.35), la entidad revelará para cada clase de estos activos financieros lo siguiente:

(a) La naturaleza de los activos.

(b) La naturaleza de los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad a los que la entidad continúe expuesta.

(c) El importe en libros de los activos o de cualesquiera pasivos asociados que la entidad siga reconociendo.

Garantía

11.46 Cuando una entidad haya pignorado activos financieros como garantía de pasivos o pasivos contingentes, revelará lo siguiente:

(a) El importe en libros de los activos financieros pignorados como garantía.

(b) Los plazos y condiciones relacionados con su pignoración.

Incumplimientos y otras infracciones de préstamos por pagar

11.47 Para los préstamos por pagar reconocidos en la fecha sobre la que se informa para los que haya una infracción de los plazos o incumplimiento del principal, intereses, fondos de amortización o cláusulas de reembolso que no se haya corregido en la fecha sobre la que se informa, una entidad revelará lo siguiente:

(a) Detalles de esa infracción o incumplimiento.

(b) El importe en libros de los préstamos por pagar relacionados en la fecha sobre la que se informa.

(c) Si la infracción o incumplimiento ha sido corregido o si se han renegociado las condiciones de los préstamos por pagar antes de la fecha de autorización para emisión de los estados financieros.

Partidas de ingresos, gastos, ganancias o pérdidas

11.48 Una entidad revelará las siguientes partidas de ingresos, gastos, ganancias o pérdidas:

(a) Ingresos, gastos, ganancias o pérdidas, incluidos los cambios en el valor razonable reconocidos en:

(i) Activos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados;

(ii) Pasivos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados.

(iii) Activos financieros medidos al costo amortizado.

(iv) Pasivos financieros medidos al costo amortizado.

(b) Ingresos por intereses totales y gastos por intereses totales (calculados utilizando el método del interés efectivo) para activos financieros o pasivos financieros que no se midan al valor razonable con cambios en resultados;

(c) El importe de las pérdidas por deterioro para cada clase de activo financiero.